Adquirir una propiedad es la inversión más importante que harás en tu vida por lo cual es vital tener claro lo que necesitas para el proceso de compra-venta. Un camino legal que incluye impuestos que se deben pagar y múltiples trámites legales con distintos protagonistas. En Properati te contamos todo lo que necesitas saber sobre la compra-venta de un inmueble ya sea que vayas a comprar una casa en Quito, un departamento en Guayaquil o cualquier vivienda en Ecuador.
Los primeros pasos a seguir
- Lo primero que se debe hacer es obtener el Certificado de Gravámenes a través del Registro de la Propiedad del Municipio correspondiente, ya sea Quito o Guayaquil. Para esto, se debe presentar una copia de las escrituras o un certificado anterior que detalle información importante como si es que la propiedad posee hipotecas, impedimentos de venta y si está libre para ser vendida.
- Después se debe recolectar todos los documentos necesarios para que un abogado realice una nueva escritura o minuta. Esto es lo que necesitarás:
- La escritura original del inmueble.
- Si es un inmueble en propiedad horizontal se requiere una copia de la Declaratoria de Propiedad Horizontal.
- Copia de cédulas y papeletas de votación a color de compradores y vendedores
- Una vez esté lista la nueva escritura, se presentará la transferencia de dominio ante el Municipio. Es aquí cuando se deberá pagar varios impuestos como: el Impuesto a la Plusvalía, Impuesto de Alcabalas, Impuesto al Consejo Provincial.
- Una vez completado el pago de impuestos y los registros de la propiedad, se realiza la firma de escrituras de traspaso de dominio entre el vendedor y el comprador ante un notario.
- Por último, se inscriben estos documentos en el Registrador de la Propiedad.
¿Qué impuestos paga el Vendedor?
El vendedor de un bien inmueble tiene las siguientes obligaciones de pago:
Impuesto predial
Este impuesto es cobrado por los municipios sobre bienes raíces ya sean terrenos, edificaciones e instalaciones. El pago se puede hacer en línea en la página de cada municipio con tarjeta de crédito o imprimiendo un comprobante de pago para realizarlo en el banco. Para conocer los valores a pagar necesitarás el número de predio o los nombres y apellidos del dueño.
Contribución especial de mejoras
Es un impuesto que se cobra por el beneficio que ha recibido el predio por la construcción de obras públicas. Al igual que el impuesto predial, el pago se hace en línea en la página del Municipio, y se procede de la misma forma.
Impuesto a la utilidad
Esta es una obligación tributaria a la ganancia obtenida al transferir una propiedad de predios urbanos, no rurales. Este impuesto equivale al 10% de la utilidad generada. Por ejemplo, si se compró un inmueble con un valor de $60,000 en el predio y ahora el valor es de $75,000, la utilidad es de $15,000. Por lo cual se deberá pagar $1,500.
Esto se puede calcular con la calculadora tributaria ofertada por cada municipio.
Plusvalía
Es el incremento de valor del bien inmueble, ya que al pasar de los años, los bienes aumentan su precio. El valor a pagar se define como la diferencia positiva entre el precio en que lo compró y en el de venta actual del inmueble. El pago de este impuesto se lo puede hacer por medio de las diferentes instituciones bancarias.
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¿Qué impuestos paga el comprador?
Es responsabilidad del comprador pagar la transferencia de dominio del inmueble es decir, el proceso por el cual una persona transfiere o traspasa a otra persona el derecho de propiedad. Este trámite genera algunos valores a pagar como el cierre de escritura en notaría, el derecho notarial, la inscripción de la escritura y la transferencia de dominio. Además, se deberá pagar el impuesto de alcabala y el registro en el Consejo Provincial.
Impuesto de Alcabalas
Es una obligación tributaria sobre las transferencias o traspaso del derecho de propietario de bienes inmuebles. El pago se debe realizar en el Municipio directamente o en línea (desde el 2020 – a causa de la pandemia del coronavirus- se ha facilitado la forma de pago en el sistema bancario a través de títulos de crédito).
Para calcular el valor a pagar se toma en cuenta el valor del inmueble que está en la Cédula Catastral y de ahí se saca el 1%. Ejemplo: Si el bien inmueble está avaluado en $75000, se pagará $750.
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